Thursday, August 10, 2017

Diseño de proyecto de ley Protección a Lugares Sagrados

Ante la frecuente destrucción que sufren los lugares sagrados del país, se prepara un proyecto de ley que establece mecanismos de protección y resguardo de los centros ceremoniales, que están consagrados como “Lugares Sagrado”. Adicionalmente, impondrá respeto y garantizará las creencias religiosas y espiritualidades de los pueblos originarios, según informó el delegado adjunto de los derechos humanos de la Defensoría del Pueblo, Juan Carlos Ballivián.

TRABAJO COLECTIVO

Señaló que el proyecto de ley fue trabajado de manera conjunta con guías espirituales del eje central del país como: La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, que está enfocada al resguardo de los lugares sagrados y todo lo que conlleva a los pueblos originarios indígenas.

En este sentido, manifestó que en el proyecto de ley próximo a ser presentado a las autoridades de Gobierno, se establecieron prohibiciones respecto a la destrucción de los lugares considerados como sagrados, asimismo, se pide que se garantice la práctica de las creencias y espiritualidades.

Ballivián aseveró que el proyecto se encuentra ya en etapa de finalización, a la vez remarcó que ha sido consensuado y que en los próximos días se hará su entrega correspondiente.

280 LUGARES SAGRADOS

A su vez, el viceministro de Interculturalidad, Jhonny Tola, aseguró que este proyecto coadyuvará a recuperar más de 280 lugares sagrados a nivel nacional, dedicadas a prácticas telúricas de la cosmovisión andina que, en muchas ocasiones, son usurpados por loteadores de tierras.

La autoridad mencionó que la Defensoría del Pueblo participó en la elaboración del anteproyecto de ley, desde el punto de vista del derecho fundamental de los pueblos indígenas y que la elaboración del mismo contó con la participación de asociaciones de amautas, guías espirituales, yatiris y medicina tradicional.

COMPOSICIÓN DEL PROYECTO

Explicó que el proyecto está compuesto de 4 capítulos, 13 artículos, una disposición transitoria y una derogatoria. Tiene por objetivo proteger y garantizar el ejercicio de las creencias religiosas, espiritualidades y lugares sagrados, de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y del pueblo afroboliviano.

El proyecto asienta principios y definiciones respecto a las prácticas ancestrales, religiosas y espiritualidades, de acuerdo con su cosmovisión y libre determinación.

En esa línea, Ballivián refirió que el proyecto establece la prohibición a toda persona natural o jurídica a profanar, desnaturalizar, destruir, menoscabar, atentar contra la integridad material e inmaterial, impedir o restringir el acceso a lugares sagrados originarios, bajo sanción conforme a ley.

ARTE RUPESTRE

Uno de los debates sobre este tema se centra en cuestiones fundamentales, específicamente en lo relacionado con los sitios de arte rupestre, su estudio y su protección. La primera se refiere al hecho de que los pueblos indígenas que detentan ese patrimonio, constituido por los sitios de arte rupestre, no pueden ser vistos como meros informantes para la ciencia occidental, sino que deben ser reconocidos como verdaderos detentores de conocimiento y autores de investigaciones cultural y científicamente relevantes,

En una perspectiva más amplia, intercultural y descolonizadora, se entiende que es necesaria y urgente la apertura hacia perspectivas más simétricas de investigación, es decir, hacia perspectivas que puedan partir del diálogo y de la colaboración mutua, entre la ciencia occidental y otros sistemas de pensamiento y espiritualidad.

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